El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró inadmisible la cuestión prejudicial que le había planteado la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) sobre el acuerdo marco de la estiba porque el regulador español no es un órgano jurisdiccional nacional, informa Efe

En una sentencia emitida este miércoles, el alto tribunal europeo argumenta además que el procedimiento sancionador que ha dado lugar a la pregunta prejudicial es de carácter administrativo y no jurisdiccional.

“La resolución de la CNMC que pone fin al procedimiento es una resolución de carácter administrativo que, aun siendo firme e inmediatamente ejecutiva, no goza de los atributos de una resolución judicial”, afirma el TJUE, que recuerda que las resoluciones de la CNMC pueden recurrirse ante los tribunales españoles. …

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