CanaryPorts.- A pesar de que los estibadores han anunciado que no ejercerán este derecho este lunes y el próximo miércoles, aunque sigue en pie para el viernes.

Ante la convocatoria de huelga en todos los puertos españoles de interés general entre los días 6 al 25 de marzo en días y horas alternas, presentada por los sindicatos Coordinadora, UGT, CCOO, CIG y CGT (y de manera independiente la organización sindical ELA en el puerto de Bilbao), el Ministerio de Fomento, a propuesta de Puertos del Estado ha hecho públicos, el pasado viernes día 3, mediante una resolución de la Secretaría de Infraestructuras, Transporte y Vivienda, los servicios mínimos que estarán en vigor en esta convocatoria.

Entiende el Ministerio que los servicios mínimos han de atender el tráfico insular, Ceuta y Melilla en su totalidad, dada la particularidad de que no resulta viable abastecer de cualquier otra forma estos territorios, así como en igual medida aquellos servicios necesarios para garantizar las operaciones que afecten a mercancías perecederas y peligrosas, los servicios para atender situaciones de emergencia, y también todos aquellos que tengan por objeto evitar que resulte afectado el tráfico de pasajeros de línea regular. En concreto, se prevén medidas aplicables a los buques mixtos de carga rodada y pasajeros, debido a que, la falta de operaciones en dichos buques sobre la carga rodada, impediría la salida de los mismo por lo que, de no tomar dichas medidas, resultaría finalmente afectado el tráfico de pasajeros.

El Ministerio argumenta en la resolución publicada que “con la huelga planteada, al interrumpirse el trabajo cada hora, se produce un proceso de arranque cada dos horas -tres dentro de cada jornada laboral de seis horas-, con lo que los efecos prácticos de la huelga pueden ir mucho más allá del 50% de la jornada laboral que consta en la convocatoria, pudiendo llegar incluso al 100% de la jornada laboral”.

Por ello, concreta los siguientes servicios mínimos:

  • 100% de los servicios necesarios para garantizar las operaciones que afecten a mercancías perecederas, o peligrosas, cuya permanencia en el puerto pueda representar un riesgo grave para personas o instalaciones.
  • 100% de los servicios que sean necesarios para garantizar el abastecimientos, la atención sanitaria y los suministros especiales y/o esenciales a los territorios insulares, Ceuta y Melilla.
  • 100% de los servicios en el caso de operaciones en buques mixtos, con objeto de no afectar al servicio de pasajeros de línea regular.
  • 100% de los servicios que sean necesarios para atender a situaciones de emergencia o siniestros en buques o mercancías.
  • El porcentaje necesario para garantizar el rendimiento no inferior al 50% del promedio del año natural anterior en jornada comparable (horario y tipo de mercancía).

Fuente: CanaryPorts
http://www.canaryports.es/texto-diario/mostrar/695999/publicados-servicios-minimos-servicio-portuario-manipulacion-mercancias-ante-huelga-convocada-puertos

 

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