LA VOZ DIGITAL. Una montaña de un grano de arena. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que la exención del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) que gozan los astilleros públicos españoles, en concreto los ubicados en los arsenales militares (Cartagena, Ferrol y San Fernando), puede constituir una ayuda pública ilegal. Es decir, vulnera la competencia. El fallo es fruto de la denuncia interpuesta por el Ayuntamiento de Ferrol, que ha reclamado el pago de este impuesto a Navantia por la parcela de 923.348 m2 que ocupa en la ría ferrolana. La denuncia del consistorio ha pasado por el juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Ferrol y por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia hasta que ha sido el Tribunal Europeo el que ha emitido un fallo que tendrán que revisar la justicia española. La demanda de la Alcaldía de Ferrol es la eterna polémica que existe entre algunos ayuntamientos españoles, afectados por la servidumbre militar.

En la provincia de Cádiz, los ayuntamientos de Rota y Barbate, siguen enfrascados en la batalla de reclamar a Defensa el pago del IBI por el suelo que ocupan en sus municipios.

La dirección de Navantia ha respondido a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea aclarando que la compañía cumple con la legalidad, ya que la normativa española permite esta exención en suelo militar. Por lo que respecta a las factorías que se encuentran en suelo portuario, caso del astillero de Cádiz, o de aquellos que son propiedad de Navantia, caso de la planta de Puerto Real, fluentes sindicales apuntan que cumplen con su obligación tributaria.

Navantia recuerda en un comunicado que la exención del IBI se aplica a terrenos propiedad del Ministerio de Defensa. La obligación de Navantia consiste en compensar a Defensa por hacer uso de sus instalaciones para la construcción naval. Navantia insiste en que la exención del IBI en suelo militar está amparada por una norma legal y avalada por el Tribunal Supremo.

El litigio se inició por la respuesta negativa que el ayuntamiento de Ferrol dio a las peticiones presentadas a partir del año 2008 por el Estado español y Navantia para la exención del IBI que gravaba la parcela en la que está situado el astillero de Navantia en Ferrol. Hasta el ejercicio fiscal 2007 se había pagado y su importe se elevaba a 590.308 euros.

El caso acabó ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, que en 2012 dictaminó que procedía conceder la exención fiscal solicitada y devolvió el asunto al juzgado de El Ferrol, que se dirigió entonces al Tribunal Europeo.

La sentencia del Tribunal comunitario considera que en la exención del IBI a Navantia podrían cumplirse todas las condiciones que determinan que se trata de una ayuda pública ilegal. En primer lugar, puede cumplirse el requisito, relativo a la existencia de una ventaja económica que favorezca selectivamente al beneficiario de la medida de exención solicitada.

Así, en principio Navantia está obligada a pagar el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, de modo que la exención aligeraría directamente, sin necesidad de ninguna otra intervención, las cargas que gravan normalmente el presupuesto de una empresa que se halle en una situación idéntica a la suya.

También podría considerarse que se cumple el requisito relativo a una intervención del Estado o mediante fondos estatales. La exención fiscal solicitada fue establecida por el Estado español, de modo que es una intervención de este. Además, ocasionaría una disminución del presupuesto del ayuntamiento de Ferrol, por lo que está vinculada con una disminución del presupuesto estatal.

Finalmente, el fallo señala que la exención fiscal «puede afectar a los intercambios comerciales entre los Estados miembros y falsear la competencia. «El sector de la construcción naval es un mercado abierto a la competencia y a los intercambios comerciales entre los Estados miembros, en el que Navantia compite con otras empresas en las actividades que desarrolla, tanto civiles como militares», apunta la justicia europea.

 

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