La Consejería de Agricultura y Pesca ha aprobado una modificación puntual de la Orden de 24 de junio de 2011 por la que se regula el marisqueo desde embarcación con draga hidráulica en el Golfo de Cádiz, con el fin de atender las demandas del sector pesquero y para mejorar el aprovechamiento del tiempo real de pesca.

Se establece que el tiempo máximo de pesca será el tiempo de permanencia de las embarcaciones en las zonas autorizadas para el uso de la draga hidráulica
 
EUROPA PRESS, 04 Ago. (Sevilla).- Según ha informado en una nota la Junta, dicha modificación, publicada el lunes en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), es fruto del diálogo y el consenso entre la Consejería de Agricultura y Pesca y el sector. En ella, se establece que el tiempo máximo de pesca será el tiempo de permanencia de las embarcaciones en las zonas autorizadas para el uso de la draga hidráulica, cando naveguen a una velocidad inferior a los 3,5 nudos.
 
De esta forma, la navegación por encima de esa velocidad no computa como tiempo real de pesca al corresponder con los desplazamientos necesarios para llegar a los caladeros desde el puerto base. Se atiende así una importante demanda del sector del marisqueo, ya que con esta modificación técnica se facilita el máximo aprovechamiento de la actividad pesquera sin exceder el límite máximo de cinco horas diarias, tal y como se regula en la orden de 24 de junio.
 
Por otro lado, la modificación puntual amplía el plazo para adaptar el diámetro de las cribadoras de selección de 21 a 22 milímetros. Dicha adaptación, fijada, en un principio, para el 30 de septiembre de 2011, se hará efectiva a partir del 2 de julio de 2012 de acuerdo con las peticiones del sector.
 
La regulación del marisqueo desde embarcación con draga hidráulica en el Golfo de Cádiz tiene como objetivo garantizar la sostenibilidad de la captura de la chirla y, por tanto, la continuidad de la actividad socioeconómica y la supervivencia de los bancos de moluscos de los que ésta depende.
 
La nueva normativa establece que el marisqueo con draga hidráulica deberá llevarse a cabo de lunes a viernes, no estando permitida los días festivos nacionales y regionales. Los barcos podrán realizar una marea diaria cuyo tiempo de actividad será menor o igual a cinco horas por barco y deberán salir de puerto a partir de las 6,00 horas y regresar antes de las 15,00 horas.
 
En definitiva, este nuevo mecanismo permite medir las capturas reales de esta flota, basándose en los rendimientos validados por el Instituto Español de Oceanografía y controlable por el Sistema de Localización y Seguimiento de Embarcaciones Pesqueras de Andalucía –cajas verdes–, obteniendo así información real de las capturas para evitar que se agote el caladero.
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