El Consejo de Ministros ha aprobado un real decreto que recoge la creación de un registro español de ayudas de "mínimis" en el sector pesquero con el objetivo de simplificar la gestión de todas las Administraciones para que puedan otorgar estas ayudas y garantizar el cumplimiento de la normativa comunitaria.

Según la UE España podrá destinar 127,8 millones de euros a este fin
 
MADRID, 29 Jul. (EUROPA PRESS) – Las ayudas de "mínimis" son aquellas que, por su cuantía y duración, se consideran compatibles con el Tratado de la Unión Europea, no alteran la libre competencia entre empresas y están eximidas de la obligación de notificación previa a la Comisión Europea.
 
En el caso del sector pesquero, el reglamento comunitario que regula dichas ayudas establece que una empresa podrá percibir un máximo de 30.000 euros brutos durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales. Asimismo, fija en 127,8 millones de euros el importe global acumulado que podrá destinar España a las ayudas de "mínimis" en cualquier periodo de tres años fiscales.
 
La norma aprobada este viernes establece además los mecanismos para la transferencia de datos desde las distintas Administraciones hacia el registro, así como las obligaciones de notificar las ayudas de "mínimis" tanto por parte de las empresas beneficiarias de las mismas, como de las Administraciones que las conceden.
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