• El presidente de la Audiencia Nacional asegura que se actuó con arreglo a la más estricta legalidad
• Afirma que los detenidos por el secuestro del Alakrana solo podrán ser condenados por delitos comunes



Ángel Juanes Peces, presidente de la Audiencia Nacional, el órgano judicial que el pasado mes de noviembre ordenó el traslado a España de dos piratas somalíes detenidos en aguas internacionales por la fragata española Canarias, a las pocas horas de producirse el secuestro del atunero español Alakrana , aseguró  en A Estrada, por activa y por pasiva, que aquella actuación se ajustó a la más estricta legalidad.

En el debate posterior a su intervención en las jornadas organizadas por la Academia Galega de Seguridade Pública, el ex magistrado de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo reconoció los efectos perniciosos que sobre las negociaciones llevadas a cabo para la liberación del atunero y sus tripulantes tuvo la difusión que se le dio al caso. Tanta publicidad complicó el rescate, porque detrás de los piratas hay una industria muy importante dirigida por cualificados cerebros, dijo. De las aludidas consecuencias negativas responsabilizó a los medios de comunicación y conminó a hacer autocrítica: Que cada uno saque sus propias conclusiones, dijo.

Juanes dedicó la mayor parte de su intervención a justificar la polémica decisión adoptada por el juez que esa noche estaba de guardia en la Audiencia Nacional -Baltasar Garzón- de ordenar el traslado a España de los dos piratas detenidos. Resolución que, según él mismo reconoció, se produjo a instancias de la Abogacía del Estado, dependiente del poder ejecutivo -en este caso el Ministerio de Justicia- y no de la Fiscalía ni por iniciativa del propio juez, que podría haberse declarado competente de oficio. Cuando en la rueda de prensa -celebrada en cuanto se incorporó a las jornadas el conselleiro Rueda Crespo- se le preguntó por este extremo, Juanes se limitó a decir que eso había que planteárselo al fiscal.

El delito

A la hora de abordar los problemas jurídicos suscitados por el secuestro del atunero Alakrana, el presidente de la Audiencia Nacional empezó planteando la cuestión de si existe o no delito de piratería en este caso. Después de recordar que esta tipificación fue abolida en la reforma del Código Penal de 1995, precisó que Garzón no lo menciona en ningún momento, sino que les imputa delitos comunes -asociación ilícita y detención ilegal- y que posteriormente la Sala de lo Penal, al ratificar la competencia, añadió el de piratería. Zanjó la cuestión diciendo que él personalmente sí considera que hay delito de piratería, siguiendo el criterio mayoritario de la doctrina jurídica. Tras aludir a otro caso anterior en el que hubo piratas detenidos por una fragata española que, al final, en contra el criterio de otro juez de la Audiencia Nacional, acabaron en Kenia, Ángel Juanes concluyó su intervención adelantando que los dos somalíes detenidos van a ser condenados por delitos comunes, porque el de piratería no existía en el momento del  apresamiento.

[La Voz de Galicia, 15 enero, Julio A. Fariñas]

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