CanaryPorts.- Los equipos marinos autorizados para circular por los Estados miembros pertenecientes a la Unión Europea llevarán colocada la marca de la rueda de timón, que podrá complementarse y, en algunos casos, sustituirse mediante una etiqueta electrónica.

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se regulan los requisitos que deben cumplir los equipos marinos destinados a ser embarcados en los buques y que deroga otro Real Decreto del 14 de mayo de 1999.

La norma traspone al ordenamiento jurídico español una nueva Directiva de julio de 2014 sobre equipos marinos, que deroga otra de 1996.

Esta nueva Directiva establecía requisitos uniformes y homologados para la fabricación y distribución de los equipos marinos, y simplificaba la actualización de los requisitos técnicos y normas de ensayo que les son aplicables, lo que hace más fácil a los Estados miembros la aceptación de estos equipos.

Los equipos marinos autorizados para circular por los Estados miembros pertenecientes a la Unión Europea llevarán colocada la marca de la rueda de timón, que podrá complementarse y, en algunos casos, sustituirse mediante una etiqueta electrónica. Tales equipos pueden circular libremente en el mercado interior e instalarse a bordo de buques que enarbolen el pabellón de cualquier Estado miembro.

Vigilancia del mercado

El nuevo Real Decreto mejora también el sistema de vigilancia del mercado, que se atribuye a la Administración Marítima, con medidas que permiten la retirada del mercado de equipos marinos que entrañen riesgos para la seguridad marítima, la salud o el medio ambiente.

Como trámite necesario para la redacción de este Real Decreto, se ha dado audiencia a los interlocutores sociales más representativos, cuyos derechos e intereses están afectados por la nueva norma.

Fuente: CanaryPorts
http://www.canaryports.es/texto-diario/mostrar/555999/regulados-requisitios-equipos-marinos-destinados-embarcados-buques

 

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