Una de las propuestas de mejora prevista, la de ampliación de los plazos concesionales a 50 años
DIARIO DEL PUERTO, 21 Nov. (Madrid).- Una de las propuestas de mejora prevista, la de ampliación de los plazos concesionales a 50 años, de momento se ha quedado fuera debido a las reticencias del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con el que OPPE asegura que “sigue negociando”.
Como es sabido, durante los últimos meses, tanto la ministra de Fomento, Ana Pastor, como el presidente de Puertos del Estado, José Llorca, han venido anunciando un diverso espectro de adecuaciones sobre la legislación portuaria para mejorar el marco competitivo en los puertos que pasan, entre otros medidas, por una reducción de las tasas portuarias y mejora del marco tarifario y económico de los puertos, y por una mejora de aspectos relativos al régimen concesional.
Todo lo referente a la reducción de tasas, por la vía de la bajada de las cuantías básicas y de refuerzo de las bonificaciones, se ha articulado, como es preceptivo, a través de la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
En cuanto al resto de reformas sobre régimen económico y ámbitos concesionales, se ha decidido aprovechar un proyecto de ley en curso, el Proyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial en el Sector Público, en el que se ha introducido una nueva disposición final para reformar en el sentido deseado el Texto Refundido de la Ley de Puertos.
Entre los compromisos que públicamente se hicieron en este ámbito de la reforma, OPPE anunció en los últimos meses que se iban a “adoptar medidas como el incremento del plazo concesional en función de la inversión hasta los 50 años”, una propuesta que de momento se ha quedado fuera por cuanto no está recogida en la disposición final que como enmienda al Proyecto de Ley Orgánica de Control de la Deuda Comercial votó el pasado jueves la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas del Congreso en la fase del dictamen.
Ampliación
Cuestionado a este respecto por Diario del Puerto, fuentes de Puertos del Estado han asegurado a este Diario que desde el Organismo Público en estos momentos “se sigue negociando con el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas la ampliación de plazos”.
Fuentes de OPPE no han detallado si la negociación tiene como objetivo lograr introducir la ampliación en la fase de enmiendas al Proyecto de Ley de Control de la Deuda Comercial en el Senado o si se trabaja con otro horizonte temporal para introducir la modificación más adelante aprovechando otro proyecto normativo.
Sea como fuere, la ampliación del plazo concesional a un máximo de 50 años es una propuesta que es considerada muy relevante ahora mismo por las empresas concesionarias de terminales en los puertos españoles, tal y como se puso de manifiesto en la reunión que mantuvieron representantes de las mismas con la ministra de Fomento a comienzos de este año.
Actualmente la Ley establece un periodo concesional máximo, prórrogas incluidas, de 35 años, por lo que una ampliación a 50 años lo que representa es una mayor seguridad en materia de inversión, por poder contar con un mayor plazo de amortización; y una mayor seguridad jurídica y de gestión.
De igual forma, supone una aproximación del sistema portuario español a la posición competitiva en este ámbito de otros sistemas portuarios del Norte de Europa, donde se producen concesiones a 70 o incluso 90 años.
Según fuentes sectoriales consultadas por este Diario, en principio en la negociación con Hacienda no habría ningún problema en establecer a partir de ahora un plazo concesional máximo para las nuevas concesiones de 50 años.
Ahora bien, donde parece haber discrepancias es en la posibilidad de que las concesiones actualmente en vigor puedan beneficiarse de prórrogas hasta 50 años.
Directiva de concesiones
Por otro lado, en medio de este proceso de reforma hay que recordar que está en fase de tramitación en el Parlamento Europeo la Propuesta de Directiva relativa a la Adjudicación de Contratos de Concesión, que será votada en primera lectura por el Parlamento Europeo el 9 de diciembre y que podría incluir que no se contemple la posibilidad de prórroga en los contratos concesionales, lo que incidiría en la imposibilidad de que las actuales concesiones puedan beneficiarse de la ampliación del plazo a 50 años. Este asunto también puede influir en la negociación entre Hacienda y OPPE.
Lo que dice la Ley sobre los plazos concesionales
El actual Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante recoge en su artículo 82 que el plazo de las concesiones será el que se determine en el título correspondiente y no podrá ser superior a 35 años.
El vencimiento del plazo de la concesión será improrrogable salvo cuando en el título de otorgamiento se haya previsto expresamente la posibilidad de una o varias prórrogas sin que el plazo inicial unido al de las prórrogas pueda superar el plazo máximo de 35 años. Cuando en el título de otorgamiento no se haya previsto la posibilidad de prórroga, pero el concesionario lleve a cabo una inversión relevante no prevista y que, en todo caso, sea superior al 20% del valor actualizado de la inversión prevista en el título concesional, el plazo de vencimiento podrá ser prorrogado, no pudiendo superar en total el plazo máximo de 35 años. Excepcionalmente, en aquellas concesiones que sean de interés estratégico o relevante para el puerto, la Autoridad Portuaria, previo informe vinculante de Puertos del Estado, podrá también autorizar prórrogas no previstas que superen los 35 años, siempre que el concesionario se comprometa a llevar a cabo una inversión adicional, que suponga una mejora de la eficacia global del servicio prestado.
Por último, cuando el concesionario que sea titular de una licencia para la prestación del servicio portuario de manipulación de mercancías incremente el porcentaje de trabajadores contratados en relación laboral común por encima del mínimo establecido, el plazo inicial de la concesión podrá ser ampliado sin superar el máximo de 35 años.