Los Estados Miembros tendrán que garantizar que se llevan a cabo los controles adecuados tanto en fronteras exteriores de la UE como en la propia UE
CME, 11 Oct. (Bruselas).- El ámbito de aplicación será para barcos a motor, vela, motos acuáticas y otras embarcaciones de recreo. Además, la directiva revisada de embarcaciones de recreo mejorará la vigilancia del mercado.
Los Estados Miembros tendrán que garantizar que se llevan a cabo los controles adecuados tanto en fronteras exteriores de la UE como en la propia UE, para asegurarse que las embarcaciones que suponen un peligro no estén disponibles en el mercado. Por último, la seguridad del barco se verá fortalecida con una nueva embarcación multicasco habitable, que no se pueda invertir o que deba tener la flotabilidad suficiente para mantenerse a flote invertida.